lunes, 4 de abril de 2011

El asilo en Dinamarca

Es posible solicitar protección en Dinamarca como refugiado si se tienen motivos para temer que una persona puede ser objeto de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social o ideas políticas. También pueden solicitar asilo aquellos refugiados que corren el riesgo de ser condenados a muerte, sometidos a torturas, a ser objeto de tratos inhumanos o vejatorios o a ser condenados si vuelven a su país de origen.

Cuando una persona solicita asilo en Dinamarca, el Servicio de Inmigración decide si la solicitud se debe tramitar en Dinamarca o en otro Estado miembro de la UE. El Servicio de Inmigración puede decidir negar el asilo y remitir al solicitante a un tercer país seguro fuera de la UE.

Servicio de Inmigración

El Servicio de Inmigración es la oficina pública adscrita al Ministerio de Refugiados, Inmigración e Integración que administra la ley de inmigración y tramita las solicitudes de inmigración de extranjeros a Dinamarca, como por ejemplo las solicitudes de asilo, la reunificación familiar y visado. Para más información, te remitimos a www.newtodenmark.dk/contact-dis

Sí al asilo

Si el Servicio de Inmigración considera que el solicitante de asilo cumple con los requisitos para obtener asilo en Dinamarca, recibirá un permiso de residencia en calidad de refugiado.

El municipio facilita viviendas

Si se te reconoce la categoría de refugiado, el Servicio de Inmigración seleccionará el municipio en el que residirás y te ofrecerá un programa especial de introducción que incluye, entre otras cosas, clases de danés y ayuda para encontrar empleo. Véase capítulo 4, Ciudadano nuevo en Dinamarca. El Servicio de Inmigración selecciona el municipio en el que residirás, de acuerdo con tus cualificaciones profesionales, tus vínculos familiares en Dinamarca y demás circunstancias. El municipio se encargará de ofrecerte una vivienda

Puedes mudarte a otro municipio, pero te recomendamos que hables primero con tu municipio si decides mudarte antes de haber finalizado tu programa de introducción. El motivo es que el nuevo municipio debe aceptar la responsabilidad de tu programa de introducción. Si el municipio no acepta esa responsabilidad, te arriesgas a perder el derecho a recibir un programa de introducción y a percibir el subsidio por introducción. El subsidio por introducción es una subvención económica especial que podrás percibir si no encuentras empleo inmediatamente. Véase el capítulo 4, Ciudadano nuevo en Dinamarca.

No al asilo

Si el Servicio de Inmigración considera que no puede concederte el asilo, el Consejo de Apelación de Refugiados recibirá automáticamente una reclamación.

El Consejo de Refugiados

El Consejo de Refugiados es un órgano independiente, similar a un tribunal. Las resoluciones del Consejo son definitivas y no puede ser anuladas o modificadas por otros.

El Consejo de refugiados pude confirmar la resolución del Servicio de Inmigración denegando el asilo o modificar la resolución y conceder el asilo. Si el Consejo confirma la resolución, establecerá un plazo para abandonar Dinamarca. Este plazo debe ser respetado. Si abandonas voluntariamente el país, podrás recibir asistencia de la policía y quizá también una ayuda económica. Si no abandonas voluntariamente el país, la policía puede obligarte.